Llega el momento de registrar las cuentas anuales de las sociedades de capital. Dichas cuentas muestran una visión de la situación patrimonial, financiera y de los resultados que ha obtenido la empresa dada la finalización del ejercicio contable.
Dichas cuentas deben formularse mediante un formato determinado dependiendo del Plan General que utilice cada empresa. Existen dos tipos de cuentas, las cuentas normales y las cuentas abreviadas que son utilizadas dependiendo de la economia de una empresa.
Para realizar la composición de las cuentas se requiere el uso de los siguientes documentos:
- El balance
- La cuenta de pérdidas y ganancias
- El estado de cambios en el patrimonio neto
- El estado de flujos de efectivo
- La memoria
Segun establece la normativa hay un plazo de 30 días desde la fecha de aprobación de las cuentas anuales para inscribirlas en el Registro Mercantil. De hecho, la ley constituye un plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio para convocar la Junta y realizar la aprobación de las cuentas. Por este motivo, el registro de las cuentas en el registro mercantil sería pasado un mes desde la aprobación de las cuentas en la Junta General.
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