Pasada la Declaración de la Renta 2014, el contribuyente español no tiene que presentar ningún impuesto en el ámbito fiscal. Sin embargo, las empresas si deberán considerar los siguientes impuestos y fechas de presentación.
Con anterioridad al 20 de Julio:
- Impuesto sobre renta y sociedades: Se deberá presentar las retenciones e ingresos referentes al mes de Junio y al segundo trimestre de 2015.
- Impuesto sobre el IVA: Se deberá presentar el impuesto referente al mes de Junio y el segundo trimestre del año.
- Impuestos sobre prima de seguros: Se deberá presentar la liquidación mensual referente al mes de Junio.
Con anterioridad al 27 de Julio:
Las empresas no residentes deberán presentar el Impuesto sobre sociedades y el Impuesto sobre la renta de no residentes del año 2014.
Con anterioridad al 31 de Julio:
- Número de identificación fiscal: Se deberá presentar el modelo 195 referido al segundo trimestre para operaciones y cuentas donde los titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito.
- Impuesto sobre depósitos en las entidades de crédito: Se deberá presentar este impuesto para la liquidación 2014 con pago a cuenta.
Si tienes cualquier duda o consulta, contáctanos y recibe asesoramiento de la mano de nuestros profesionales.