En general, los contribuyentes que únicamente obtienen rendimientos de trabajo solo están obligados a presentar declaración de IRPF cuando sus ingresos superen los 22.000 euros brutos anuales y procedan de un único pagador.
Si proceden de más de un pagador se dan dos casos:
- El limite sigue siendo de 22.000 euros si la suma de los pagos del segundo o mas pagadores no supera los 1.500 euros.
- Si dicha suma supera los 1.500 euros, deben presentar declaración si el total de los rendimientos supera los 11.200 euros (12.500 a partir del 2015).
Excepción: Hay supuestos en los que se debe declarar cuando se perciban rentas de trabajo de más de 11.200 euros, con independencia del numero de pagadores y esta es: cuando se perciban rentas sujetas a un tipo fijo de retención, o cuando el pagador no está obligado a retener (empleadas de hogar, pensiones que se reciben de extranjero…….)
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